Libros de ayer y hoy
2 de octubre: ahora se recordará por el retroceso del amparo
La reciente reforma a la Ley de Amparo aprobada en el Senado representa, más que un avance en materia de justicia, un retroceso preocupante en la protección de los derechos ciudadanos frente a los abusos del poder. Lo que debería ser un instrumento al servicio de la gente se convierte, con estas modificaciones, en una herramienta limitada que favorece a la autoridad y acota la capacidad de defensa del ciudadano común.
El argumento oficial es claro: evitar abusos en el uso del amparo. Sin embargo, bajo esa lógica se esconde una intención política de reducir los espacios de resistencia legal ante decisiones arbitrarias. La exigencia de demostrar una afectación jurídica “real” coloca un filtro excesivo y subjetivo, pues muchas veces el amparo se solicita para prevenir un daño inminente, no para esperar a que éste ya se haya consumado. La prevención era justamente su fuerza, ahora debilitada.
El tema de la retroactividad es quizá el punto más grave. Incluir un artículo transitorio que permite aplicar las nuevas reglas a casos en curso es un acto que vulnera directamente la Constitución. El artículo 14 establece con claridad la prohibición de leyes retroactivas en perjuicio de persona alguna. No se trata de un tecnicismo jurídico, sino de un principio de certeza y seguridad. Miles de ciudadanos que confiaron en las reglas vigentes al presentar su amparo verán alteradas esas condiciones a mitad del proceso.
Además, la limitación de suspensiones bajo el argumento de actividades ilícitas abre la puerta a interpretaciones amplias y discrecionales. ¿Quién define cuándo una actividad está vinculada a la ilegalidad? En un país donde el abuso de poder no es la excepción sino la regla, dejar este margen a la autoridad significa debilitar la única vía de defensa que tienen quienes enfrentan a un Estado con recursos ilimitados.
La oposición lo advirtió: esta reforma es pro autoridad, no propersona. Al ciudadano de a pie se le complica aún más acreditar daños o justificar su interés legítimo, especialmente en causas colectivas. Ejemplos como la negativa de vacunar a menores o las omisiones ambientales muestran que muchas veces el interés público no se traduce en respeto a los derechos individuales. Bajo la nueva ley, bastará una “razón de Estado” para desestimar la suspensión y dejar al quejoso indefenso.
Se habla de modernización con la digitalización y la fijación de plazos, pero esas mejoras administrativas son un maquillaje menor frente al fondo del problema. La esencia del amparo —su carácter protector, preventivo y abierto— se ve erosionada. Lo que debería ampliarse para garantizar acceso a más ciudadanos, se acota para reducir la incomodidad de los gobernantes ante los controles judiciales.
Resulta contradictorio que en un país donde persisten la corrupción, los abusos policiacos, las arbitrariedades fiscales y las decisiones discrecionales en materia administrativa, la respuesta del poder sea limitar el recurso más eficaz de defensa ciudadana. En lugar de fortalecer el acceso a la justicia, se construye un muro para blindar a la autoridad frente a las quejas legítimas de la sociedad.
El amparo nació como una conquista frente al abuso. Hoy, con esta reforma, se transforma en un privilegio restringido. La pregunta que queda en el aire es quién gana con estas limitaciones, porque sin duda no es el ciudadano común. Lo que el Senado aprobó es un retroceso que erosiona la confianza en la justicia y que marca una señal peligrosa: cuando la ley deja de ser escudo para convertirse en trinchera del poder, el Estado de derecho pierde su razón de ser.




