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GUADALAJARA, Jal., 6 de Junio de 2016.- Por no contar los visitados con las autorizaciones en material de impcto ambiental y forestal que emita la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), quedó suspendida de manera total y temporal las actividades de remoción de vegetación por orden de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa).
Las actas de inspección de ambos predios consignan la remoción sin autorización de vegetación forestal en una superficie de 4.6 hectáreas y un volumen de 84.1 m3 Rollo Total Árbol (R.T.A.) de las especies parota, guásima, papelillo, rabelero, guamúchil, higuerilla brava, tacote y chamizo.
Las actividades fueron realizadas con maquinaria pesada y motosierra, en terrenos forestales inmersos en un ecosistema de selva baja caducifolia y colindan con vegetación forestal y un arroyo temporalero.
En este sentido y aplicando el artículo 170 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, se impuso la clausura total de manera temporal por no presentar la autorizaciones de impacto ambiental y forestal que se debió requerir en la Semarnat.
Así se les hizo saber, de acuerdo al artículo 187 del Código Penal Federal, que de quebrantar los sellos se harán acreedores a ciertas penas y sanciones.