
La Ahogada, el que la prueba se pica
Sin nexos pleito entre La Barredora y casinos en Paraguay
Tras varios señalamientos que apuntaban una supuesta conexión entre la firma Montego Trading S.A. en Paraguay y el grupo criminal “La Barredora”, el Gobierno mexicano afirmó que no existe vínculo alguno. Durante la conferencia del Gabinete de Seguridad del pasado 23 de julio, el secretario Omar García Harfuch zanjó el asunto señalando que ambos procesos son independientes y que, al menos hasta ahora, no hay indicios de que estén relacionados.
El caso tiene un origen completamente distinto. Desde 2018, la empresa Montego Trading, vinculada a Gerardo Bermúdez Arreola, mantiene una disputa legal por su participación en el mercado de apuestas deportivas. Si bien la firma obtuvo permisos de la Comisión Nacional de Juegos de Azar (Conajzar), la concesión nacional exclusiva fue otorgada a Daruma Sam S.A., lo que dejó a Montego y otros actores fuera del juego legal. Aunque la Contraloría paraguaya cuestionó esa adjudicación, no fue revocada, y la empresa mexicana ha tenido que enfrentar un proceso judicial por operar sin autorización en locales físicos y a través del sitio crowncityplay.com.py.
En ese contexto, el arraigo de Bermúdez Arreola en Paraguay responde a un conflicto comercial-judicial, no a una persecución por actividades delictivas vinculadas a México. Aun así, la coincidencia de apellidos y las relaciones familiares despertaron sospechas. Gerardo es sobrino de Hernán Bermúdez Requena, exsecretario de Seguridad Pública de Tabasco durante el sexenio de Adán Augusto López, y ese parentesco bastó para que algunos medios buscaran tejer una narrativa más amplia y oscura.
La UIF, de Pablo Gómez, por su parte, sí ha realizado acciones contra Hernán Bermúdez Requena y su círculo cercano. El congelamiento de cuentas a su nombre, así como de empresas relacionadas y de su hermano Humberto —quien tiene ficha roja de Interpol—, es una señal clara de que las autoridades mexicanas mantienen bajo la lupa a ciertos actores del entorno sureste. No obstante, según consta en el Registro Público del Comercio, actualmente no hay vínculos empresariales documentados entre ellos y Montego Trading.
Por otra parte, en Paraguay, la reciente reforma a la Ley de Juegos de Azar ha cambiado las reglas del mercado. Con la promulgación de la Ley 7438, se rompe el monopolio y se abre la posibilidad de competencia para hasta tres operadores por modalidad. Aunque esta medida busca generar transparencia y eficiencia, llega tarde para Montego Trading, cuya disputa legal sigue activa mientras Daruma Sam conserva la concesión hasta 2028. El caso podría marcar un precedente en el litigio comercial en ese país.
En tanto, podemos concluir que los procesos en México y Paraguay avanzan por carriles separados. Uno responde a la lucha contra un grupo delictivo con presencia nacional; el otro, a un conflicto comercial por la regulación del juego en Sudamérica. Pese a los lazos familiares, no hay evidencia que acredite una operación conjunta o nexos financieros entre ambos frentes. Las autoridades mexicanas han sido categóricas al respecto. La narrativa de un gran entramado criminal internacional, por ahora, no se sostiene.
El que se pronuncia por erradicar el abuso de las Asociaciones Público Privadas (APP), es Alfonso Ramírez Cuéllar, vicecoordinador de los diputados federales de Morena, por ello, ha propuesto derogar la Ley de APP para con el propósito de que haya inversiones mixtas y directas, con más transparencia y sustentabilidad económica, “algo que dé certeza y beneficios mutuos para todos”.
Al respecto, mediante este modelo será financiado el Proyecto Batán, el cual busca reutilizar el agua en la zona metropolitana de Querétaro, al tiempo de prometer dar mil 700 litros de agua por segundo a los habitantes. Si bien, la zona metropolitana de la ciudad debe tener agua suficiente en el futuro, segura, y de calidad, el proyecto debe contar con candados para que el vital líquido sea utilizado para las viviendas, asimismo, debe hacerse una revisión y buscar otro tipo de financiamiento, dado que el esquema APP solo beneficia la industria privada.
En un esfuerzo por anticiparse a los desafíos legales y éticos del avance tecnológico, el presidente de la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, el presidente de la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Cámara de Diputados, Eruviel Ávila Villegas, presentó una iniciativa de reforma constitucional para regular el uso responsable de la Inteligencia Artificial (IA).
El legislador detalló que esta iniciativa surge de un proceso de consulta amplio que involucró a cerca de 100 especialistas, así como instituciones académicas, organismos públicos y privados, sociedad civil, legisladores y representantes del sector empresarial. A lo largo de este periodo se realizaron seminarios internacionales, foros y mesas de trabajo, en los que también se revisaron marcos legales de América, Europa, Asia y Medio Oriente. Con esta reforma, se busca que México no sólo regule la IA, sino que adopte una visión proactiva e incluyente que garantice derechos y promueva la innovación.
TOME NOTA * El uso ilegal del nombre de Frida Kahlo es otra de las acciones que ha tratado de cometer Alejandro Martínez Araiza, líder del Sindicato Nacional Alimenticio y del Comercio (SNAC), acción que ha sido objetada por Frida Kahlo Corporation (FKC), ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), litigio que se mantiene abierto.
De acuerdo con el documento del IMPI relacionado con el proceso, FKC pidió desde el 17 de junio de 2022 a ese instituto, encabezado por Santiago Nieto, negar el registro de la marca "Casa Frida”, solicitado por Martínez Araiza el 26 de mayo de 2022, con el número 2755643, por considerar que viola los derechos de propiedad industrial de Frida Kahlo Corporation.
El 26 de septiembre de 2022, el IMPI emitió un oficio en el que objetó el registro de la marca “Casa Frida” en la clase internacional 43 (restaurantes y hospedaje), pues argumentó que “reproduce parte del nombre de la pintora mexicana Magdalena Carmen Frida Kahlo Calderón … y no presenta la autorización del titular del derecho correspondiente para su registro”. FKC presentó alegatos el 2 de mayo de 2023 y el caso permanece en litigio entre las partes, hasta donde se sabe.
La pretensión de Martínez Araiza era usar la denominación “Casa Frida”, para el negocio hotelero, pero precisamente “Casa Frida” es una marca de Airbnb de FKC en Deerfield Beach, Florida.
El principal accionista de FKC es el empresario venezolano, Carlos Dorado Fernández, quien en 2005 fundó el corporativo asociado con Isolda Pinedo Kahlo, sobrina de la pintora. Mara Cristina Teresa Romero Pinedo, sobrina nieta, hija de Isolda y Mara de Anda Romero, también sobrina de Frida, alegan derechos, lo que ha generado una batalla legal de años de duración. FKC tiene su sedes en Panamá y Estados Unidos.
En la inconformidad de FKC, su apoderado Roberto Arochi Escalante, señala que el registro de “Casa Frida” es semejante en grado de confusión a sus marcas registradas, incluyendo "Frida Kahlo", una marca famosa y notoriamente conocida a nivel mundial y se incurre en riesgo de asociación, competencia desleal y violación de derechos exclusivos, con lo cual se violan fracciones del artículo 173 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad.
En su alegato, KFC sostiene que es titular de diversos registros de marca bajo la denominación "Frida Kahlo" y sus variantes, lo que le otorga el derecho exclusivo de uso en México y otros países.
KFC puede impedir el registro de marcas que generen un riesgo de asociación indebida con su marca, protegiendo su distintividad y prestigio. Asimismo, tiene el derecho de evitar que terceros aprovechen el prestigio y fama de su marca mediante actos de competencia desleal y tiene el derecho a proteger su imagen.
La empresa puede proteger la imagen, distintividad y reputación de su marca frente a cualquier intento de diluir su carácter distintivo o desprestigiarla. Por ser una marca famosa, "Frida Kahlo" es oponible a cualquier solicitud de registro en 45 clases internacionales, no sólo en aquellas relacionadas directamente con sus productos o servicios.
Estos derechos están respaldados por la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, tratados internacionales como el Convenio de París, y jurisprudencia aplicable en México.