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GUADALAJARA, Jal., 17 de mayo de 2026.- Las y los trabajadores en Jalisco tienen como fecha límite el 30 de mayo y el 29 de junio para recibir el pago de utilidades, dependiendo de si laboran para una empresa o una persona física, respectivamente.
El reparto de utilidades corresponde al diez por ciento de las ganancias generadas por las empresas durante el ejercicio fiscal anterior y constituye un derecho laboral establecido en la Constitución.
De acuerdo con la legislación laboral, tienen derecho a esta prestación quienes hayan trabajado al menos 60 días durante el último año fiscal, incluidos empleados de base, de confianza, eventuales y extrabajadores que cumplan con el periodo mínimo requerido.
También pueden acceder a este pago personas que hayan estado en incapacidad temporal, licencia de maternidad o paternidad. En contraste, quedan excluidos directores, administradores, gerentes generales, socios, accionistas y trabajadores por honorarios.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Jalisco informó que las personas que no reciban el pago correspondiente pueden solicitar asesoría y acompañamiento legal gratuito ante la Procuraduría General de la Defensa del Trabajo y el Centro de Conciliación Laboral de Jalisco.
Las autoridades laborales recordaron que el plazo para empresas constituidas como personas morales vence el 30 de mayo, mientras que para patrones registrados como personas físicas la fecha límite es el 29 de junio.
La Procuraduría General de la Defensa del Trabajo brinda atención telefónica en el 33-3030-1000 extensiones 26710, 26700 y 26712, además de atención presencial en Calzada de las Palmas #96, colonia La Aurora, en Guadalajara.
Por su parte, el Centro de Conciliación Laboral de Jalisco atiende en el número 33-3668-1869 y en sus oficinas ubicadas en Lateral Juan Gil Preciado #6735, colonia Nuevo México.




