Inminente, desaparición de INAI, Conejal, Cofece, IFT, Mejoredu y CRE
GUADALAJARA, Jal., 25 de abril de 2024.- Al considerar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) juzga con perspectiva de género y no de infancia, integrantes del Colectivo Nacional de Mujeres por la Igualdad se manifestaron en contra de la Ley Vicaria.
Señalan que esta reforma define y tipifica la violencia vicaria como cualquier acto u omisión que, con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres, se dirige contra las hijas y/o hijos, familiares o personas allegadas, ya sea que se tenga o se haya tenido relación de matrimonio o concubinato.
“Gracias a Ley Vicaria y/o interpósita persona los niños son alienados, se les impide ver a uno de sus progenitores, por lo general el padre, los convierte en objetos y dejan de ser sujetos de derechos, no permite que sean escuchados y por eso hoy alzamos la voz por ellos”, sostuvo Saharet Mendoza, fundadora del Colectivo y directora para América del Norte y México de la Unión Mundial la Infancia Primero, organización integrada por más de 260 asociaciones a nivel internacional que vela por el derecho de la niñez.
“Aunque existen protocolos para juzgar con perspectiva de infancia, al momento de decretar las sentencias los jueces privilegian la perspectiva de género que es igual a perspectiva a favor de la mujer”, añadió Mendoza.
“Por eso hoy estamos aquí en la Suprema Corte solicitando audiencia a todos los Ministros para que escuchen a los expertos en contra de la falacia vicaria y/o por interpósita persona; así como a padres hombres responsables que están siendo obstruidos de sus vínculos paternos y criminalizados con estas ideologías, anulando su presunta inocencia. Porque esta ley solo promueve odio a los hombres y violenta el interés superior del menor”, concluyó.
Por su parte, el abogado de la Asociación Exhijos A.C. indicó que “desde hace siete años, la misma Suprema Corte de Justicia de la Nación, en proyecto de la Ministra Norma Piña, sostuvo que el concepto de alienación parental existe en México y es constitucional y que no se dañaba a la mujer ni se le estigmatizaba ya que la propia Comisión Nacional de Derechos Humanos y la ONU, determinaron que el 90 por ciento de las mujeres en procesos de separación o divorcio obstruyen las convivencias y llevan a cabo actos de manipulación para fomentar el odio y rechazo al padre y la familia paterna”.
“Asimismo, se determinó que no había que legislar con perspectiva de género debido a que las legislaciones en los códigos civiles establecían que la alienación parental lo pueden realizar mujeres u hombres tanto de la familia paterna como de la familia materna”.
Sostuvo que, desde hace siete años también quedó definió que “presentar una denuncia falsa determina el cambio de guardia custodia y quedó como una causal de suspensión y pérdida de la patria potestad, a quien fomente en los hijos el odio y rechazo al progenitor no custodio, sea la mamá o sea el papá”, enfatizó.