Suspenden sesión en Congreso local y queda en pausa aprobación de acueducto
GUADALAJARA, Jal., 16 de octubre de 2026.- El Partido Humanista deberá presentar una versión actualizada de sus estatutos ante el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco (IEPCJ), luego de que el organismo detectó disposiciones que no cumplieron con los requisitos legales.
Durante su décima novena sesión extraordinaria, el Consejo General del IEPCJ otorgó al partido un plazo de 10 días hábiles, contados a partir de la notificación del acuerdo, para entregar el documento corregido.
El Instituto aprobó la procedencia constitucional y legal de las modificaciones al Programa de Acción y a los Estatutos del Partido Humanista, acordadas en su Primera Asamblea Estatal Ordinaria del 8 de agosto de 2026, pero dejó fuera de esa validación algunas disposiciones estatutarias.
También declaró válida la integración del Comité Ejecutivo Estatal, al determinar que el partido atendió las observaciones formuladas previamente y cumplió con el procedimiento establecido para conformar su órgano directivo.
Sin embargo, el IEPCJ hizo observaciones sobre los criterios para designar candidaturas de manera directa y los procedimientos internos para modificar los documentos básicos del partido.
La resolución ocurre después de que la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó, el pasado 8 de octubre, el registro del Partido Humanista como partido político local.
IEPCJ confirma desechamiento de denuncia por violencia política
En la misma sesión, el Consejo General resolvió nuevamente un recurso de revisión relacionado con una denuncia por presunta violencia política contra las mujeres en razón de género, en cumplimiento de una sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Jalisco.
El Instituto confirmó el desechamiento de la denuncia al considerar que los hechos señalados no son de su competencia, debido a que la denunciante se desempeña como agente municipal, un cargo de carácter administrativo, y no se acreditó una posible afectación a sus derechos político-electorales.
El IEPCJ aclaró que esta determinación no establece si ocurrieron o no los hechos denunciados, sino que concluye que corresponde a otras autoridades conocer del asunto. Por ello, previamente dio vista a las instancias correspondientes para que actúen conforme a sus atribuciones.