Recibe dirección de Diversidad Sexual de Jalisco 117 quejas por discriminación
GUADALAJARA, Jal., 23 de junio de 2026.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó, con cuatro votos a favor y dos en contra, las medidas del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco (IEPC) que obligaban a postular mujeres en ocho municipios clave para el proceso electoral de 2027. Esta decisión revierte la imposición de candidaturas femeninas en localidades donde históricamente no ha gobernado una mujer.
Impacto en candidaturas
Con el fallo, los partidos políticos recuperan la libertad de postular tanto a hombres como a mujeres en municipios como Zapopan, Tonalá, Chapala, La Barca, Poncitlán, Autlán de Navarro, San Juan de los Lagos e Ixtlahuacán de los Membrillos.
Argumentos y posturas
El TEPJF determinó que las restricciones locales excedían los límites constitucionales. Se estableció que los partidos deben definir sus candidaturas bajo sus propios esquemas, respetando la paridad global, pero sin imposiciones de exclusividad local. Además, se eliminó el requerimiento de que las candidatas en Zapopan pertenecieran obligatoriamente a grupos vulnerables.
Reacciones de la sociedad civil
La resolución generó rechazo de colectivos feministas y académicos, quienes advirtieron un retroceso en la igualdad sustantiva. La magistrada presidenta, Mónica Soto Fregoso, votó en contra, calificando de grave obstaculizar la paridad en localidades dominadas históricamente por hombres.
En consecuencia, el IEPC Jalisco deberá ajustar sus lineamientos para permitir una contienda mixta en el territorio.




