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CIUDAD DE MÉXICO, 21 de mayo de 2019.- No se cumplió la unanimidad pero sí un histórico consenso entre todos los grupos parlamentarios del Senado de la República en la aprobación de las leyes secundarias que rigen el funcionamiento de este nuevo cuerpo de seguridad en el país.
En sesión extraordinaria de este martes, el Pleno de la Cámara Alta aprobó con 114 votos a favor y una abstención del senador sin partido, Emilio Álvarez Icaza Longoria, el proyecto de decreto por el que se expide la Ley de la Guardia Nacional.
En votaciones separadas, el proyecto de decreto por el que se expide la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza se avaló con 110 votos a favor y una abstención; el de la Ley Nacional del Registro de Detenciones, 114 votos en pro y una abstención.
Mientras que las reformas a diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública fueron aprobadas por 114 senadores y una abstención.
La Mesa Directiva instruyó remitir las cuatro leyes secundarias a la Cámara de Diputados.
Los presidentes de las comisiones dictaminadoras –Puntos Constitucionales, Seguridad Pública y Estudios Legislativos– acordaron no presentar los dictámenes para pasar de manera inmediata a su discusión y votación, en lo general y en lo particular, por lo que solo se procedió al posicionamiento de los grupos parlamentarios de manera conjunta.
En virtud de que se desahogaron las leyes secundarias de la Guardia Nacional y se acordó posponer la discusión de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, la Mesa Directiva clausuró el periodo de sesiones extraordinarias para los que fueron convocados.
A lo largo de cinco semanas, del 11 de abril a la fecha, se modificaron 238 artículos y se redactaron y modificaron párrafos para la incorporación de principios y propuestas de todas las fuerzas políticas de la Cámara de Senadores.
Aunque este marco normativo de la Guardia se pudo haber votado y aprobado con la mayoría simple que encabeza Morena y aliados, el senador Ricardo Monreal Ávila, señaló que se hubiera ganado una victoria sin legitimidad.
“Preferimos ir a fondo, escuchar y atender todos los reclamos y las propuestas de senadoras y senadores”, expresó en una nueva realidad en el grupo parlamentario que coordina.
En el caso de la Ley Orgánica de la Guardia Nacional fue eliminada cualquier duda sobre que éste será un cuerpo de corte castrense. Más bien, será una institución de seguridad pública de carácter civil, disciplinado y profesional, adscrita como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
El objeto de la Guardia Nacional es realizar la función de seguridad pública a cargo de la Federación y, en su caso, conforme a los convenios que para tal efecto se celebren, colaborar temporalmente en las tareas de seguridad pública que corresponden a las entidades federativas o municipios, dicta el artículo 5 de la Ley Orgánica.
Son fines de la Guardia Nacional: “salvaguardar la vida, integridad, seguridad, bienes y derechos de las personas, así como preservar las libertades; contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social; salvaguardar los bienes y recursos de la Nación, y llevar a cabo acciones de colaboración y coordinación con entidades federativas y municipios.
Tendrá las atribuciones y obligaciones en las que se previene la comisión de delitos y las faltas administrativas que determine la legislación aplicable; salvaguarda la integridad de las personas y de su patrimonio.