![](https://jalisco.quadratin.com.mx/www/wp-content/uploads/2025/02/c403f122-f49f-4ebb-8321-7a17fdd5bf52-107x70.jpeg)
Acuerdan CRT y Cucea colaborar con asesoría y capacitaciones
GUADALAJARA, Jal., 3 de septiembre de 2020.- Ya es una realidad en Jalisco la conocida como Ley Olimpia, que busca sancionar, prevenir, pero sobre todo dar una atención integral a los casos de violencia digital contra las mujeres, sobre todo en el ámbito sexual.
Esto después de que fue aprobada en sesión extraordinaria en el Congreso del estado de Jalisco con 28 votos a favor.
Recordar que este proyecto fue impulsado desde la Comisión Legislativa de Igualdad de Género bajo la premisa “Para que las mujeres estemos seguras también en Internet”.
La apropiación del nombre es porque su autora Olimpia Coral Melo Cruz, activista poblana, fue quien redactó la primer ley, en Puebla, después de ser víctima de la difusión de contenido íntimo sin consentimiento en Internet en el año 2013.
La Ley Olimpia, como ella afirma, no sólo es un cambio legislativo, es una causa. Que desde al ciberactivismo y el movimiento feminista en México han impulsado cambios a la legislación en más de 22 Estados del País.
La diputada del PRI, Sofía García Mosqueda, quien presidió la Mesa Directiva en esta sesión que duró más de siete horas, justo agradeció a Olimpia por su confianza
“Esta es una gran reforma y sin embargo la lucha sigue, a toda la Red Nacional de Defensoras digitales refrendo el compromiso de que si nos tocan a una respondemos todas.”
Por su parte, la diputada de Movimiento Ciudadano, Mirza Flores, festejó esta aprobación que consideró un gran logro para Jalisco después de enriquecer el debate.
“El derecho a la intimidad, sobre todo de las niñas, de las mujeres de todas las edades, pero también de los hombres quienes también quedan expuestos ante medios digitales y lo más importante es que erradiquemos estas formas de violencias, estas formas de vulnerar lo más íntimo de las personas.”
Las legisladoras insistieron que de ninguna manera puede considerarse normal o aceptable que alguien utilice contenido íntimo de otra persona ni siquiera porque haya sido grabado con su consentimiento.
La violencia digital, según el INEGI, afecta a 9 millones de Mujeres. En México existen más de dos millones de contenidos multimedia que son violencia digital, difundidos a través de páginas web y redes sociales.
Además según el Informe de Violencia en Línea contra las mujeres esta forma de violencia afecta a 87.2% de mujeres que tienen entre 14 y 30 años.
Esta nueva legislación ordena a la Fiscalía General del estado y a la Secretaría de Seguridad, la creación de direcciones especializadas o unidades para la investigación y sanción de este tipo de delitos contra las mujeres mediante el uso de la tecnología de la información.
En el Código Penal se reforma para que se incluya en el Capítulo V denominado Violación a la Intimidad Sexual , mediante la adición del artículo 176Bis, el cual propone una sanción de 4 a 8 años de prisión, multa de mil a dos mil unidades de medida de actualización, así como circunstancias agravantes, como el hecho de haber tenido una relación de confianza, que sea servidor público, que sea menor de edad, entre otras. De la misma forma contempla que tratándose de sentencia condenatoria, ordenará al infractor a ofrecer disculpa pública, a realizar trabajo a favor de la comunidad y a asistir a programas de reeducación integral con perspectiva de género.