Con apoyo de la Policía Federal (PF), Secretaría de Marina (Semar) y Secretaría de la Defensa Nacional Sedena, se informó en un comunicado, personal de la Profepa identificó una construcción de mampostería y cemento en una superficie de tres mil 200 metros cuadrados (m2) edificada en terrenos ganados al mar, la cual funcionaba como centro de acopio de productos pesqueros.
Al momento de la visita el inspeccionado no presentó la autorización en materia de Impacto Ambiental, ni la concesión de uso goce y aprovechamiento de terrenos ganados al mar que expide la Semarnat.
Personal de la Profepa procedió a imponer la medida de Clausura Total Temporal y como consecuencia de ello el cese de toda actividad en el predio, instaurando además el procedimiento administrativo correspondiente.
De conformidad con el artículo 171 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), el responsable de la obra puede hacerse acreedor a una multa por el equivalente de 30 a 50 mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal al momento de imponer la sanción y la clausura definitiva total de la obra.