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CIUDAD DE MÉXICO, 18 de abril de 2018.- La Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó solicitar a la Secretaría Ejecutiva que informe a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) las acciones que ha llevado a cabo este Instituto para garantizar el ejercicio del derecho de audiencia de Armando Ríos Piter, aspirante a una candidatura independiente a la Presidencia de la República.
De la misma manera, la omisión en que ha incurrido dicho aspirante, no obstante la capacidad y disposición institucional para garantizar la revisión de sus apoyos ciudadanos.
Luego de conocer el “Informe sobre el Desahogo de la Garantía de Audiencia en Acatamiento de la Sentencia SUP-JDC-161/2018 y Acumulado SUP-JDC-192/2018”, el presidente de la Comisión, Benito Nacif, explicó que el TEPJF mandató el 10 de abril al INE brindar al aspirante todos los elementos materiales y humanos para que, en un plazo de 10 días, se revisaran sus apoyos ciudadanos.
Detalló que el informe muestra que este Instituto ha dispuesto todo lo necesario para que el aspirante pueda revisar los apoyos ciudadanos ordenados por el TEPJF.
No obstante, sólo en una ocasión, el pasado 12 de abril, Ríos Piter acudió a las oficinas de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos (DEPPP), por lo que “el mandato de la Sala Superior no se ha cumplido a cabalidad, pues requiere de la voluntad y de las acciones eficaces e idóneas de las que habla la sentencia por parte del aspirante para poder cumplir con el mandato”.
De los siete días que han transcurrido para el ejercicio de la garantía de audiencia, explicó el Consejero, “sólo acudió a uno de manera muy breve, sin poder iniciar el proceso de verificación”.
Desde el día 13 y hasta el 17 de este mes, ha quedado manifiesto en actas circunstanciadas levantadas por la Oficialía Electoral del INE que el aspirante no ha acudido a revisar los apoyos inconsistentes; por lo tanto, Ríos Piter no ha ejercido su derecho de audiencia.