
Atribuye asesinatos de cocodrilos a desconocimiento de personas
PUERTO VALLARTA, Jal., 14 de julio de 2025.- Por capturar, dañar, traficar o privar de la vida a un cocodrilo, existen sanciones económicas que van de los 300 a 800 mil pesos de multa y de 1 a 9 años (inclusos 12) de presión.
Es de destacar que en México, los cocodrilos están protegidos por la NOM‑059‑SEMARNAT‑2010, que clasifica a varias especies de cocodrilos como sujetas a protección especial.
Atentar contra ellos vulnera la Ley General de Vida Silvestre y puede constituir un delito federal tipificado en el Código Penal Federal (CPF).
La Ley General de Vida Silvestre establece el marco legal para la protección y aprovechamiento sustentable de la fauna silvestre y al Código Penal Federal, en su artículo 420, fracciones III, IV y V, tipifica como delito capturar, dañar, privar de la vida o traficar con especies de fauna silvestre sujetas a protección especial, incluyendo cocodrilos.
Por ello, las penas y sanciones establecidas en el Código Penal Federal (art. 420) establecen que capturar, dañar o privar de la vida (fracción I) de fauna silvestre protegida, así como cazar, pescar o capturar con medios no permitidos que pongan en riesgo la viabilidad de una especie (fracción III); además de traficar, poseer, transportar, introducir al país o comercializar ejemplares o subproductos de especies protegidas (fracción IV); así como dañar directamente un ejemplar silvestre (fracción V), son sancionadas con 1 a 9 años de prisión, así como una multa equivalente a 300 hasta 3,000 días multa.
Además, si las acciones se cometen en una área natural protegida o con fines comerciales, la sanción puede aumentar hasta en 3 años de prisión y 1,000 días multa adicionales.