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GUADALAJARA, Jal., 20 de octubre de 2026.- Un dictamen del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses (IJCF) determinó que el formato de un título de propiedad agrario relacionado con una disputa por terrenos en Zapopan es falso, aunque la firma atribuida a un exdelegado del Registro Agrario Nacional (RAN) sí corresponde a su origen gráfico.
Con base en este resultado, Patricia Lorena Gómez Cantú solicitó al Juzgado Sexto de Distrito en Materia Penal en Jalisco que revoque la suspensión definitiva concedida a BANSÍ, institución bancaria que, mediante un fideicomiso, reclama derechos sobre una parte del predio conocido como La Coronilla.
La petición se presentó dentro del juicio de amparo indirecto 1094/2026-IV-H. La afectada busca que se modifique la resolución del 21 de septiembre de 2026, que impidió ejecutar una orden para restituirle la posesión del terreno, según el escrito difundido por su representación legal.
El peritaje, emitido por el IJCF el 21 de septiembre de 2026 dentro de una carpeta de investigación de la Fiscalía del Estado, examinó el título agrario número 1003214/00002. La revisión encontró discrepancias en elementos de impresión, microimpresiones y tramas de seguridad respecto de los documentos oficiales, por lo que concluyó que el formato es falso.
La distinción es relevante: el análisis identificó como auténtica la firma atribuida a Rafael Alcaraz Lafarga, entonces delegado del RAN, pero determinó que el documento en el que aparece no fue elaborado en un formato auténtico. El dictamen, por sí solo, no establece quién produjo el documento ni determina la responsabilidad penal de alguna persona.
La disputa por el terreno
El caso involucra la parcela 494 Z-1P-24 del ejido San Juan de Ocotán, en el predio La Coronilla. Gómez Cantú sostiene que una fracción de dos mil 500 metros cuadrados, de un terreno de 7 mil 500 metros cuadrados que considera de su propiedad, quedó involucrada en una cadena de operaciones que cuestiona legalmente.
De acuerdo con la versión de su representación, tres personas identificadas como titulares de certificados parcelarios transfirieron los derechos sobre el terreno a Fraccionadora LAC, S.A. de C.V., mediante la escritura pública 663, del 6 de noviembre de 2019. Posteriormente, la operación se vinculó con el fideicomiso 2797-6, administrado por BANSÍ.
La parte afectada afirma que la operación inicial fue simulada y que no se pagó por la parcela. También sostiene que los documentos agrarios utilizados en esas transacciones presentan irregularidades. Estas afirmaciones forman parte de su argumentación legal y no deben confundirse con las conclusiones específicas del dictamen pericial.
¿Qué sigue en el juicio?
La suspensión definitiva es una medida judicial que puede mantener temporalmente una situación mientras se resuelve un juicio de amparo. En este caso, BANSÍ obtuvo esa protección, de acuerdo con el escrito de la representación de Gómez Cantú.
Ahora, la afectada pide que el juzgado admita el dictamen como una prueba obtenida con posterioridad a la resolución, escuche a las partes y determine si existen razones para modificar o revocar la suspensión, con fundamento en el artículo 154 de la Ley de Amparo.
La solicitud busca que se permita la restitución de la posesión del terreno a Gómez Cantú. Sin embargo, esa restitución dependerá de lo que resuelva la autoridad judicial.
Hasta la información contenida en el comunicado, no se reporta una resolución del juzgado sobre esta nueva petición ni una determinación definitiva que establezca responsabilidades por las presuntas irregularidades documentales.




