Recaudación por pago de refrendo en línea aumentó 85%
GUADALAJARA, Jal., 18 de abril de 2020.- Porque el proceso legislativo es largo, sobre todo en plena Emergencia Sanitaria, y porque el personal de Salud no puede esperar a sentirse respaldado en la protección de su integridad después de las agresiones que han sufrido por considerarlos contagiosos de Covid 19, la bancada de Morena en el Congreso de Jalisco hace un llamado a no esperar para comenzar a sancionar estas vergonzosas acciones.
La coordinadora morenista en el Congreso local, Erika Pérez García insistió en que el Código Penal del estado de Jalisco ya permite castigar estos actos.
“Las autoridades encargadas de impartir justicia tienen la facultad de castigar ya a los agresores basándose en el Código Penal del estado de Jalisco, Capítulo IV bis de los delitos contra la dignidad de las personas que contempla en su artículo 202: que se impondrán de cincuenta a cien días de multa o de treinta a cien jornadas de trabajo a favor de la comunidad, a quien al que por razones de origen étnico, edad, sexo, embarazo, estado civil, raza, nacionalidad, idioma, religión, ideología, preferencia sexual, condición social o económica, trabajo o profesión, discapacidad, características físicas, estado de salud o cualquier otra causa que atente contra la dignidad humana, limite, anule o genere un menoscabo a los derechos, libertades y seguridad de la persona”.
Los diputados de Morena en Jalisco afirman que es increíble que en Guadalajara existan reportes de enfermeras que han sido agredidas rociándoles cloro en su cuerpo o que no se les permitió abordar el camión, por el supuesto contagio de Covid 19 que ellas o ellos pudieran transmitir.
Apuntan que el Código Penal también establece que en caso de re incidencia en los actos de discriminación se impondrán hasta tres años de prisión a los agresores, quienes:
Provoque o incite a la discriminación, odio y a la violencia contra una persona o grupo de personas.
Pérez García recuerda que el Poder Legislativo, 13 de diciembre del 2019 aprobó reformar el artículo 219 del código penal del estado estableciendo que el homicidio y las lesiones serán calificadas cuando se comentan por odio a la víctima motivado por la profesión u oficio.