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CIUDAD DE MÉXICO, 9 de marzo de 2023.- Con el consenso de 450 votos a favor, la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que reforma la fracción V del artículo 5º y la fracción IV del artículo 15 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de gratuidad del uso de rampas de emergencia.
Indica un comunicado que establece que le corresponde a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transporte determinar las características y especificaciones técnicas de los caminos y puentes, considerando las rampas para frenado donde las condiciones de los caminos lo requieran, conforme las especificaciones de las Normas Oficiales en la materia; dichas rampas serán de uso gratuito para los usuarios de transporte público o privado que cumplan con lo dispuesto en el artículo 63 Bis de esta ley.
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