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GUADALAJARA, Jal., 23 de febrero de 2021. – Para evitar que se genere rezago laboral y administrativo en diversas instituciones relacionadas con la atención a la sociedad, así como para solucionar lagunas legales que pudiesen causar confusión sobre las atribuciones, este martes la Comisión legislativa de Asistencia Social, Familia y Niñez, avaló por unanimidad diversas modificaciones que les permite a sus consejos de administración y asambleas, sesionar de forma remota o telemática.
Se modifican las leyes para el Fomento y Participación de las Organizaciones de la Sociedad Civil, para la Prevención y Atención de la Violencia Intrafamiliar, la Ley que crea la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social, la que Regula los Centros de Atención Infantil, y la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, todas del estado de Jalisco, añadiendoles la facultad de sesionar de forma remota en caso de emergencia decretada por autoridad competente que ponga en riesgo la vida, la salud de las personas que integran sus comités, asambleas y consejos de administración, según sea el caso.
En otro tema, se aprobó eliminar el requisito de tener 30 años cumplidos para poder ser nombrado como director(a) General del Sistema DIF, y director(a) General del Hogar Cabañas, mediante una modificación a los artículos 37 y 64 del Código de Asistencia Social del Estado de Jalisco, lo anterior por considerarse discriminatorio.
Finalmente, se modifica el Artículo 58 de la Ley de Desarrollo Social para el Estado de Jalisco, señalando que el Sistema Estatal de Información para el Desarrollo Social deberá llevar registro de los índices de medición del abandono o deserción escolar, a fin de que los diversos programas sociales que establecen la obligatoriedad de los menores de edad, de continuar estudiando para poder ser acreedores a programas de apoyo, cuenten con la información necesaria en este sentido.