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GUADALAJARA, Jal; 29 de marzo de 2018.- Declaran inexistentes las presuntas infracciones cometidas por el abanderado del Partido Revolucionario Institucional (PRI) al gobierno de Jalisco, Miguel Castro Reynoso.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revisó la queja presentada por Movimiento Ciudadano ante la presunta utilización de un emblema con símbolos similares a los que fueron utilizados en una propaganda gubernamental de la entidad.
Castro Reynoso, supuestamente aprovechó una iniciativa gubernamental en beneficio personal, para su precandidatura, así como por apropiarse del logo gubernamental del programa que generó cuando fungía como titular de la Secretaría de Desarrollo e Integración Social.
El 15 de marzo, el Tribunal Electoral del Estado de Jalisco declaró la inexistencia de la infracción, por considerar que el logotipo utilizado por Castro Reynoso no guarda identidad con el gubernamental del programa denominado “Migrantech”.
Se argumenta que el empleo de la letra “M” del nombre del aspirante priísta no genera identidad entre la propaganda de precampaña y la imagen institucional.
Al no estar acreditada la infracción denunciada, el Tribunal local consideró que no puede imputarse responsabilidad alguna al PRI por culpa in vigilando.
Inconforme con la sentencia, Movimiento Ciudadano presentó un juicio de revisión constitucional en contra de la indebida valoración de pruebas, el incorrecto análisis de los elementos propagandísticos y la falta de pronunciamiento sobre las violaciones al artículo 134 constitucional.
Al resolver el SUP-JRC-26/2018, el Pleno de la Sala Superior determinó que no le asiste la razón a Movimiento Ciudadano.
Señaló que el Tribunal local realizó una correcta valoración de las pruebas consistentes en imágenes contenidas en un disco compacto y a la certificación de contenido de diversos links de internet a redes sociales de Facebook y Twitter.