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GUADALAJARA, Jal; 14 de junio de 2018.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) multó a la empresa promovente del desarrollo turístico “Cabañas El Cielito”, localizado en el municipio de Cabo Corrientes, Jalisco, con más de 800 mil pesos, luego de haber sido clausurado temporalmente –y desahogado el procedimiento administrativo–.
Se dio a conocer que se desarrolló sin contar con autorización federal, además de encontrarse ubicado en la Región Terrestre Prioritaria “Chamela-Cabo Corrientes”, considerada de alta concentración de especies protegidas como el jaguar, la guacamaya verde y el cocodrilo de río.
Con la resolución del procedimiento administrativo instaurado, las “Cabañas El Cielito” fueron clausuradas de manera definitiva, debido a que el desarrollo turístico generó daños en el ecosistema.
Y es que no se instrumentaron las medidas de prevención, mitigación y compensación necesarias, con objeto de mitigar o evitar los impactos ambientales negativos ocasionados por la construcción de las obras inspeccionadas.
En diciembre de 2017, personal de la PROFEPA realizó visita de inspección en materia de Impacto Ambiental al citado desarrollo turístico.
Además, se detectó que carecía de la autorización emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) para la construcción y operación de éste, por lo que se impuso como medida de seguridad la Clausura Total Temporal de las obras.
Mediante Acuerdo de Emplazamiento emitido en diciembre de 2017, bajo la observancia y aplicación del criterio jurídico del buen derecho y peligro a la demora, se consideró el levantamiento de la medida de seguridad impuesta.
Asimismo, se condicionó a la empresa promovente a que exhibiera la autorización en materia de impacto ambiental emitido por la SEMARNAT, respecto de un trámite que el visitado aseveró había ingresado desde el año 2001.
En virtud de no presentar la citada autorización durante el desahogo de las etapas procesales, la PROFEPA emitió la resolución administrativa correspondiente.
Se impuso como sanción, multa económica por la cantidad de $806,000.00 (ochocientos seis mil pesos 00/100 m.n.), equivalentes a 10 mil Unidades de Medida y Actualización vigentes al momento de imponerse, así como la clausura total definitiva de las obras y actividades del desarrollo turístico “Cabañas El Cielito”.
Las sanciones impuestas en la citada resolución administrativa, se motivaron debido a que la empresa promovente no acreditó contar con la autorización de impacto ambiental de manera previa a la construcción y operación de las obras.
Se presume que no fueron realizados los estudios técnicos ambientales procedentes, a través de los cuales la SEMARNAT hubiese determinado si el desarrollo turístico era ambientalmente viable y, en su caso, ordenar las medidas necesarias tendientes a mitigar los impactos ambientales adversos que ocasionaría su ejecución.
La construcción de desarrollos inmobiliarios en ecosistemas costeros sin la autorización en materia de Impacto Ambiental, ocasiona impactos ambientales negativos que generan una fuerte presión sobre los recursos naturales y el ambiente, afectando el equilibrio, la fragilidad y las características de estos ecosistemas.
Lo anterior se agrava cuando estos desarrollos se realizan en zonas de alto valor ambiental, como lo es la Región Terrestre Prioritaria Chamela-Cabo Corrientes.
Presenta una gran diversidad de ecosistemas y vegetación, además de ser considerada como la de mayor concentración de especies consideradas prioritarias como la guacamaya verde, el cocodrilo de río y el jaguar.