
Realiza DIF GDL jornada inclusiva por Día de Concienciación del Autismo
GUADALAJARA, Jal., 30 de abril de 2020.- Al emitir los resultados de una investigación sobre la distribución geográfica de las niñas, niños y adolescentes que pertenecen a alguna identidad indígena en Jalisco, la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ) generó el Atlas de la niñez de los pueblos originarios en el estado y emitió a varias dependencias, acciones a seguir a favor de la educación y la salud hacia este sector, así como evitar la explotación laboral y su discriminación.
En Jalisco existen 20 mil 504 niños de origen indígena: cuatro mil 224 niñas y niños de cero a cinco años; siete mil 514 de seis a once años y ocho mil 766 adolescentes de doce a diecisiete años.
Las identidades indígenas a las que pertenecen son: amuzgo, coca, cora, chatino, chinanteco, ch’ol, huasteco, maya, mayo, mazahua, mazateco, me’phaa (tlapaneco), nahua, ñuu savi (mixteco), otomí, popoluca, purépecha, rarámuri (tarahumara), tepehuano, totonaca, triqui, tzeltal, tzotzil, wixárika, zapoteco, así como de otros pueblos.
El organismo documentó la presencia, distribución, grado de concentración y diversidad de la población indígena, lo que permite una mayor comprensión de su vulnerabilidad en los diversos municipios de la entidad.
Se encontró que en la región norte del estado, los wixaritari enfrentan condiciones de marginación y pobreza, lo que se manifiesta en desnutrición y padecimiento de enfermedades, particularmente respiratorias, circunstancias que deben sobrellevar en el aislamiento geográfico, caminos deficientes y la complejidad del acceso a la atención médica especializada.
Esto los pone en alto riesgo, especialmente en contextos como el generado por la pandemia de Covid 19.
Otro caso es en la Sierra de Manantlán, en donde, además de las carencias económicas, la niñez se desarrolla entre conflictos territoriales, ambientales y la tala clandestina de sus bosques.
En los campos agrícolas de hortaliza, frutales y de caña, entre otros, se documentó la presencia de niñez indígena laborando como jornaleros, mientras que en el área metropolitana de Guadalajara (AMG) realiza actividad laboral informal en las calles, para lo cual arriesga su integridad.
SUS DERECHOS
El Atlas de la niñez de los pueblos originarios en Jalisco elaborado por la CEDHJ pone en evidencia datos fundamentales para el abordaje de una agenda en materia de derechos de la niñez que pertenecen a los pueblos indígenas que habitan en el estado.
La población de niños, niñas y adolescentes está dispersa en todos los municipios del estado, la mayor acumulación se encuentra en las regiones norte y sur.
Sin embargo, el AMG y Puerto Vallarta también concentran una gran cantidad de población indígena migrante desde hace varias décadas.Cada grupo etario de la infancia, de cada cultura, se distribuye diferenciadamente en los municipios de Jalisco, lo que propicia territorios con alto grado de diversidad cultural, por lo que es necesaria la generación de políticas especiales para quienes habitan centros urbanos o rurales y se encuentran en tránsito o lejanos a su lugar de nacimiento.
La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas determina la particular atención a los derechos y necesidades de integrantes de las identidades originarias que posean condiciones de desventaja.
En tanto, la Convención sobre los Derechos del Niño garantiza a la infancia de todas las etnias, comunidades y pueblos indígenas, el ejercicio de los derechos que materialicen su cultura.
Además de ser sujetos de derecho en lo individual, también lo son de un particular colectivo, relacionados fundamentalmente con el ejercicio de la identidad.
Para que las infancias puedan desarrollarse integralmente, deben contar con la facilidad y el acceso a la educación en condiciones de equidad, siendo un deber del Estado tomar las medidas necesarias para que en el proceso formativo oficial, las niñas y niños no sean sujetos a actitudes discriminatorias y excluyentes.
La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes los reconoce de manera universal como titulares de derechos, a quienes se les debe garantizar el pleno ejercicio, respeto, protección y promoción de las libertades fundamentales.
Asimismo, obliga al Estado a escuchar y tomar en cuenta su perspectiva en los asuntos de su interés, conforme a su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez.
Peticiones de la CEDHJ
Entendiendo la complejidad que significa el reconocimiento de no una, sino múltiples infancias que se desarrollan en Jalisco, quienes exigen la sensibilización diferenciada, este organismo emite este pronunciamiento y hace las siguientes peticiones:
A la Comisión Estatal Indígena, actualice el Padrón de Pueblos y Localidades del Estado a todas las identidades que se autoadscriban como indígenas en Jalisco, mediante periciales en materia de antropología, a las que se refiere la Ley Estatal en la materia.Instituto de Información Estadística y Geográfica (IIEG), realice una plataforma interactiva accesible para la población en general que visibilice de manera territorial la ubicación de la niñez indígena en la entidad, su contexto socioeconómico, sociocultural y biocultural para permitir comprender los entornos de la población indígena en el estado.
A la Secretaría de Planeación y Participación Ciudadana, a la Comisión Estatal Indígena, desarrolle un protocolo de participación del derecho a la consulta libre, previa, informada, culturalmente adecuada y de buena fe, con perspectiva etaria y de género, que materialice mecanismos de consideración a las visiones de las infancias indígenas de Jalisco.
Este instrumento debe ser replicable para que las autoridades de distintos ámbitos y niveles de Jalisco puedan aplicarlo en procesos relacionados con los ámbitos familiar, escolar, social, comunitario y cualquiera que involucre a niñas, niños y adolescentes indígenas tanto en espacios rurales como urbanos.
A las y los presidentes de los 125 municipios de Jalisco, generen un diagnóstico de la situación actual que guardan las infancias indígenas en el municipio a su cargo para que se implementen actuaciones a corto, mediano y largo plazo que alleguen soluciones al problema detectado.
A la Secretaría de Educación Jalisco, se garantice la educación intercultural y bilingüe en todos los niveles de educación básica de Jalisco, mediante mecanismos de participación e integración de la niñez indígena, diseñando procesos de retroalimentación y consulta libre, previa, informada, culturalmente adecuada y de buena fe, para recoger las visiones y propuestas de las infancias indígenas y sus comunidades.
Refuerce los programas de becas y seguimiento a los estudiantes indígenas para evitar la deserción escolar. Incorpore en los programas educativos una perspectiva de derechos humanos que tenga por objetivo la erradicación de la discriminación por pertenencia étnica.
A las Secretarías de Educación, Salud y de Igualdad Sustantiva entre Hombres y Mujeres de Jalisco, implementen en conjunto un programa amplio sobre educación sexual y planificación familiar para niñas, niños y adolescentes indígenas, con perspectiva intercultural, de género y diferenciación etaria.
A la Secretaría de Salud Jalisco, implemente procesos constantes de capacitación intercultural al personal de salud, así como programas que garanticen la atención a niñas, niños y adolescentes indígenas con un enfoque de diversidad y diferenciación, cubriendo especialmente la atención de pediatría y los servicios de tercer nivel. Garantice el abasto de medicamentos, infraestructura y recursos humanos en las zonas norte y sur de Jalisco.
A la Secretaría del Trabajo, realice estudios que investiguen las condiciones de niñas, niños y adolescentes indígenas, especialmente en el sector agrícola, para garantizar los derechos a la legalidad y salud de las infancias indígenas que participan en el campo y, en consecuencia, proponga y desarrolle política pública que erradiquen los escenarios violatorios.
Al Poder Judicial del Estado de Jalisco, garantice la sensibilización intercultural en los servidores públicos y proceso del Poder Judicial, en particular, los relacionados con el derecho familiar y en todos los casos donde exista la participación directa o indirecta de niñas, niños y adolescentes pertenecientes a algún pueblo originario.