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GUADALAJARA, Jal., 27 de enero de 2016.- El chaleco reflejante con números de placa es discriminatorio, consideró la Comisión Estatal de Derechos Humanos en Jalisco (CEDHJ) tras realizar un análisis de la situación.
«Por una lado es estigmatizante considerando la situación del estigma como parte de una marca. Un señalamiento que atenta contra la dignidad humana y por otra parte también resulta ser inconstitucional, ya que el artículo 22 de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos establece expresamente el impedimento o la negativa de que se pueda estar generando cualquier tipo de marca en la persona”, indicó el Ombudsman, Felipe de Jesús Álvarez Cibrián.
Sostuvo que el usar un número atenta contra toda dignidad humana por lo que consideran pertinente dar marcha atrás con este artículo del Reglamento de Movilidad. Cuestión que deberá ser tomada en cuenta tanto por el Poder Legislativo como por el Ejecutivo.
Álvarez Cibrián también calificó como discriminatorio y selectivo que se pretenda establecer que sólo las motocicletas de bajo cilindraje deban acatar este reglamento. Refirió que en materia de Derechos Humanos las leyes no pueden ser selectivas y mucho menos discriminar.
Se pronunció porque se establezcan mecanismos de mayor control administrativo para tener la certeza de que las motocicletas cuenten con los registros para evitar se cometan delitos en prejuicio de la ciudadanía.
Quien desató la polémica por el uso del chaleco reflejante en el que se visibilice el número de placa, el diputado de Movimiento Ciudadano, Augusto Valencia, celebró la pronta respuesta que dio la CEDHJ ante su solicitud.
El diputado dijo que el análisis que realizó la Comisión Estatal de Derechos Humanos fortalecerá el exhorto que el Congreso envió al Gobierno del Estado para modificar el artículo 61 del Reglamento de Movilidad.