Magistrados federales desechan recurso a Chema Martínez
GUADALAJARA, Jal., 1 de julio de 2024.- La Sala Guadalajara del Tribunal Federal Electoral (TEPJF) revocó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Jalisco (Triejal), y sin efecto la orden que atendía el recurso interpuesto por la candidata del partido Movimiento Ciudadano (MC), Verónica Delgadillo, quien recibió la constancia de mayoría como presidenta municipal de Guadalajara.
Los juzgadores federales resolverán el fondo de la controversia, si se anula o no la elección del pasado 2 de junio por la capital de Jalisco, así lo describió la Secretaria Relatora de Paola Selene Padilla Mancilla, durante la sesión.
“Doy la cuenta con el proyecto de sentencia relativo al juicio de la ciudadanía, 488 de este año promovido por José María Martínez Martínez por derecho propio a fin de impugnar del Tribunal Electoral del Estado de Jalisco la resolución de 27 de junio pasado dictada en el incidente de escrutinio y cómputo, sustanciado en el expediente local 180 y su acumulado; el magistrado ponente estima que se debe revocar la resolución del tribunal local, así como todos los actos derivados en ejecución a esta de acuerdo a los efectos que se precisan en la consulta ello, pues la responsable indebidamente funda y motiva a la procedencia de la solicitud de recuento contenida en la demanda incidental presentada en el expediente de Juicio de Inconformidad 181/2024 de esta anualidad por Movimiento Ciudadano así como la relativa a la cuestión incidental que sustentó en salvaguardar el principio de certeza al ser indispensable que los supuestos de para la procedencia del cómputo de las casillas se de manera fehaciente en alguno de los supuestos previstos en el Código Electoral y la línea jurisprudencial de este Tribunal Electoral aplicable al caso sometido a conocimiento, lo que no sucedió en la especie”.
Los magistrados federales, Gabriela del Valle Pérez, Omar Delgado Chávez y Sergio Arturo Guerrero Olvera, votaron de manera unánime para revocar la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Jalisco, y considerarla improcedente.
El Triejal, resolvió el pasado 27 de junio en sentido afirmativo y ordenó al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) ejecutar el recuento parcial del 40 por ciento de las boletas que previamente no habían sido recontadas.
En sesión urgente del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco (IEPCJ), se acató la orden del tribunal federal, y canceló la propuesta que tenía para realizar el recuento, y la Consejera presidenta del IEPCJ, Paula Ramírez señaló de la disposición de su organismo.
“Nosotros estamos listos y listas para acatar cualquier disposición de los tribunales electorales, hemos estado, digamos, cumpliendo muy puntualmente cuando se nos ha ordenado alguna cuestión y seguiremos haciendo lo exactamente en los mismos términos”.
Por su parte, la directora jurídica del órgano electoral de Jalisco, Catalina Moreno Trillo, informó que “el tribunal debe analizar en su caso si se cumplen las causales previstas en la ley, pero además de que deberá ser él quien organice, conduzca en su caso el recuento claro pudiendo apoyar logísticamente y operativamente con el de personal del instituto, por lo que implica la dinámica a la que nosotros estamos más acostumbrados por las sesiones de cómputo, pero sí es en sede jurisdiccional”.
Agregó que el recuento, efectuado por el Tribunal Federal podría realizarse en las instalaciones del IEPCJ, pero por conducción de los magistrados.