
Colegio Cedros Norte celebra a sus alumnos reconocidos
GUADALAJARA, Jal., 16 de mayo de 2020.- La nueva Ley de Educación en Jalisco, establece medidas de protección y apoyo a los alumnos, desde el inicio de su preparación, tanto en apoyo psicológico, nutricional y a la no violencia en contra de los menores.
Los niños tendrán un expediente único, en el que se contará con los datos sobre su trayectoria académica desde el kínder y primaria, hasta su paso por la secundaria y llegar a la preparatoria.
En este tema, la secretaría de Educación deberá atender las disposiciones aplicables en materia de transparencia y protección de datos personales de los menores.
Otra de las bondades de la nueva Ley es el apoyo en salud mental, se ofrecerán servicios de orientación educativa, de trabajo social y de psicología desde la educación básica hasta la educación superior.
Y aunque este servicio se otorgará de acuerdo a la suficiencia presupuestal y a las necesidades de cada plantel, se busca “fomentar una conciencia crítica que perfile a los educandos en la selección de su formación a lo largo de la vida para su desarrollo personal y contribuir al bienestar de sus comunidades”, según la iniciativa.
Como ya se ha intentado desde hace varios ciclos escolares, se estipula que dentro de las escuelas queda prohibida la distribución y comercialización de los alimentos que no favorezcan la salud de los educandos, las bebidas energizantes, así como alimentos de alto contenido calórico en las inmediaciones de los planteles escolares.
Además, la secretaría de Educación, impulsará programas alimentarios para los educandos a partir de microempresas locales, en escuelas ubicadas en zonas de pobreza, alta marginación y vulnerabilidad social.
Protección a menores
Como medidas para preservar la integridad física, psicológica y social del educando, en la impartición de educación para menores de 18 años, la secretaría en coordinación con otras áreas de gobierno, tomará medidas para aplicar la disciplina escolar y que esta sea compatible con su edad.
Los docentes y el personal deberán estar capacitados para tomar las medidas que aseguren su protección y la corresponsabilidad que tienen al estar encargados de su custodia, así como protegerlos contra toda forma de maltrato, violencia, perjuicio, daño, agresión, abuso, trata o explotación sexual o laboral.
En caso de conocimiento de la comisión de algún hecho que la ley señale como delito en agravio de los menores, tiene la obligación de hacerlo del conocimiento inmediato de la autoridad correspondiente.
Respecto a las acciones a seguir ante un acoso o violencia escolar, la autoridad educativa derivará hacia un especialista los casos que se presenten en un centro educativo.
Cuando por el tipo o la gravedad del hecho constitutivo de violencia escolar no se logre armonizar la relación entre el generador del acoso y la víctima, se buscará trasladar al primero a otro centro escolar.
Si el presunto acosador tiene entre 12 años cumplidos y menos de 18 años de edad y la conducta que se le atribuya o compruebe esté tipificada como delito en las leyes estatales, se procederá conforme a lo dispuesto por la Ley de la materia.
También como medida de protección, la nueva Ley de Educación señala que al existir ausentismo del educando por cinco días consecutivos o siete acumulados en un mes, sin que exista justificación por escrito de padres o tutores, se informará a la secretaría de Educación, dependencia que emitirá una Alerta Temprana y será remitida a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.
Con ello se busca una desarrollo integral del menor en todos los aspectos, desde el del aprendizaje, hasta el psicológico, físico y mental.
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