Dichas medidas deberán extenderse a sus familiares y colaboradores.
Mediante oficio dirigido a la CNDH, el Gobierno del Estado de Oaxaca dio a conocer la aceptación de las medidas cautelares, así como la instrucción a las áreas competentes a efecto de su implementación y cumplimiento.
Desde el momento en que la CNDH conoció, mediante llamada telefónica realizada por una integrante del Colectivo por la Ciudadanía de las Mujeres, A. C., de los problemas de violencia política contra varias mujeres del estado de Oaxaca que han sido electas para desempeñar cargos de elección popular en esa entidad federativa, consideró que en el presente caso se actualizan los elementos de gravedad, urgencia y daño irreparable, por lo que se debe salvaguardar la protección de los derechos humanos de las afectadas, mediante la implementación de medidas cautelares.
Las solicitudes de medidas cautelares tienen su fundamento en los artículos 15, fracciones IV y XII, 24, fracción V, y 40, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, así como 116, 117 y 118 de su Reglamento Interno, que prevén la facultad del Organismo Nacional para requerir a las instancias correspondientes para que, en el ámbito de sus atribuciones, adopten medidas cautelares con el objeto de proteger la integridad personal e incluso la vida de las personas, sin prejuzgar sobre el fondo del asunto.
Dichas medidas deberán implementarse durante el tiempo que se requiera, evitando así la consumación irreparable de hechos violatorios a los derechos humanos que causen daños de difícil o imposible reparación.
Con la solicitud de medidas cautelares emitida por la CNDH, igualmente se dio vista a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales, así como al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca para que, en el ámbito de sus atribuciones, lleven a cabo las acciones necesarias para coadyuvar en la implementación de las medidas cautelares.