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CIUDAD DE MÉXICO, 26 de marzo de 2020.- La Mesa Directiva del Senado de la República estableció las medidas preventivas que se implementan para el control de los riesgos a la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (Covid 19).
De conformidad con el Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se establecen diversas determinaciones relativas al coronavirus, el Plan Mínimo de Operaciones de la Cámara de Senadores determina el trabajo presencial mínimo de los servicios de seguridad, médicos, suministro de agua, limpieza y aquellas labores indispensables que garantice el cumplimiento de las funciones a su cargo y la continuidad de operaciones de sus áreas.
El documento señala que área definirá su mecánica interior, privilegiando en lo posible el trabajo a distancia y en cada fase de la contingencia, se irá adecuando esta medida.
La presidenta de la Mesa Directiva, Mónica Fernández, aseguró que en el tiempo que dure la contingencia, en solidaridad con los trabajadores y en apego a las medidas contenidas en el punto de Acuerdo aprobado el 18 de marzo, no se harán movimientos ni de altas ni de bajas de personal.
En las medidas preventivas para el control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2, establece el distanciamiento social que todo el personal de las áreas Parlamentarias, Administrativas y Técnicas de la Cámara de Senadores, con la finalidad de lograr para la mitigación de la transmisión poblacional de coronavirus, disminuyendo así el número de contagios de persona a persona y, por ende, el de propagación de la enfermedad.
Dicho plan instruye a los titulares de las áreas a implementar los mecanismos necesarios, incluso a distancia, que permitan asegurar la continuidad de los procesos sustantivos institucionales a su cargo, de forma que no sea necesario la presencia total de su personal, en tanto persista la emergencia de salud pública.
Además, asegurar los servicios de apoyo posible que brindan a Senadores y Órganos de Gobierno. Los titulares remitirán a la Mesa Directiva sus datos de contacto y de un servidor público de su área, con igual capacidad de decisión, para facilitar la comunicación y la atención de cualquier requerimiento de su competencia.
Aquellas personas que no asistan al recinto del Senado de la República coadyuvarán desde su casa con las tareas del área a la que se encuentren adscritos, en los términos que para tales efectos defina su titular.
Las áreas competentes deberán asegurar el funcionamiento logístico de las reuniones de los órganos de gobierno, de la Comisión Especial de Seguimiento a la Implementación del T- MEC, del Grupo Plural de Trabajo creado para dar seguimiento a la emergencia sanitaria provocada por la pandemia del virus Covid 19.
Las áreas responsables deberán mantener el pleno funcionamiento de la página web del Senado, y todas las áreas deberán reportar, de forma inmediata, a la Dirección General de Servicios Médicos las contingencias de salud que presente el personal a su mando que cubre el trabajo presencial en el recinto legislativo.
En caso de que se emitan disposiciones sanitarias adicionales por parte de las autoridades competentes, se podrán realizar adecuaciones al Plan Mínimo de Operaciones de la Cámara de Senadores.