La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) estableció dicho mecanismo como un instrumento operativo militar para realizar actividades de auxilio a la población civil afectada por cualquier tipo de desastre.
“El cuño anverso tendrá el Escudo Nacional con la leyenda –Estados Unidos Mexicanos-formando el semicírculo superior; y, el motivo del cuño reverso será a propuesta de la Secretaría dela Defensa Nacional (Sedena) y deberá relacionarse con el quincuagésimo aniversario de la aplicación del Plan DN-III-E (1966-2016)”, manifiestan los senadores de la comisión de Hacienda y Crédito Público.
“La moneda a que se refiere el presente decreto podrá empezar a acuñarse a los 90 días naturales posteriores a la aprobación del diseño señalado y corresponderá a la Casa de Moneda de México realizar los ajustes técnicos que se requieran”, añaden.
Los senadores perfilaron a que sea el Banco de México quien cuente con “todos los derechos de autor y cualquier otro derecho de propiedad intelectual derivado del diseño y la acuñación de la moneda”.
Este tema está incluido en la gaceta parlamentaria que se va a discutir este mismo jueves.