Detienen a 2 presuntos homicidas por caso Cantaritos
GUADALAJARA, Jal., 15 de septiembre de 2021.- Existen graves violaciones a las garantías individuales en Jalisco al prevalecer la deficiente actuación de las autoridades ante el problema de las personas desaparecidas, advirtió la Comisión Estatal de los Derechos Humanos al emitir dos recomendaciones al respecto.
Después de analizar y revisar múltiples quejas por este tema, el organismo determinó que las fallas provienen desde los procesos de investigación, búsqueda inmediata e identificación forense, lo que se traduce en una victimización secundaria por parte de las autoridades encargadas, en agravio de las víctimas directas e indirectas de los delitos de desaparición de personas.
La Recomendación 148/2021 es el resultado del estudio de las quejas por la desaparición de nueve personas en el municipio de Chapala y una más en Ixtlahuacán de los Membrillos; hechos ocurridos entre 2018 y 2020.
En cada inconformidad se documentó la desaparición de una persona; en dos casos se evidenció la desaparición de dos mujeres y en los ocho restantes, la del mismo número de hombres; entre ellos dos menores de edad. De las personas desaparecidas, sólo una mujer fue localizada, lamentablemente sin vida.
En cuatro de las quejas se infiere desaparición cometida por particulares; en ellas, las víctimas indirectas señalaron la participación de grupos armados y en vehículos, quienes irrumpieron durante el día o la noche en sus domicilios para llevarse a las personas en contra de su voluntad.
Sobre la desaparición de las diez personas, se identificó que dos ocurrieron en 2018, cinco en 2019 y tres en 2020, por tanto, el año con mayor incidencia de las desapariciones documentadas en esta Recomendación corresponde a 2019, es decir, el cincuenta por ciento de los casos.
Por otra parte, dentro de la Recomendación 149/2021 se analizaron diez expedientes de queja relacionados con la desaparición de doce personas; se destaca que en un caso se documentó la desaparición de una mujer y en los nueve restantes, la de once hombres, entre ellos un menor de edad. Estas desapariciones ocurrieron en los municipios de Colotlán, San Ignacio Cerro Gordo, San Juan de los Lagos, San Miguel El Alto, Tepatitlán de Morelos, Tlajomulco de Zúñiga, Tomatlán y Zapopan, entre 2014 y 2020; de estos, solo una persona ha sido localizada, pero sin vida.
“Para esta CEDHJ, la desaparición de las veintidós personas documentadas en ambas Recomendaciones constituye una multiplicidad de violaciones de derechos humanos, entre ellos a la integridad, seguridad y libertad personal, a la vida, al reconocimiento de la personalidad jurídica y a la legalidad y seguridad jurídica por parte de agentes del Ministerio Público, policías investigadores de la Fiscalía del Estado (FE) y del personal del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses (IJCF) que no cumplieron con los principios, procedimientos y protocolos que dictan los estándares legales y que de forma concurrente tienen la obligación de atender y garantizar”.
Agrega que en todos los casos, las víctimas señalaron estar inconformes con el actuar de los agentes del Ministerio Público y sus representantes, agentes y policías investigadores, así como del personal del IJCF, pues denuncian diversas irregularidades que han impedido localizar a las personas desaparecidas; o en su caso, los familiares de las que han sido localizadas sin vida en fosas clandestinas y segmentados, han enfrentado una terrible situación para lograr la plena y pronta identificación y conformación de los cuerpos de sus seres queridos, pues en algunos casos se documentó que las familias llevan aproximadamente año y medio esperando que se concluyan los dictámenes de genética, lo que imposibilita la entrega de los cuerpos y conocer la verdad histórica de los hechos.
La defensoría indicó que se observaron una serie de irregularidades que hasta el momento han impedido la localización de 20 personas, así como conocer la identidad y el paradero de los responsables de las desapariciones y muerte de dos personas localizadas y, por tanto, el acceso a la verdad, a la justicia y a la reparación integral del daño.
La desaparición de personas en México y en el estado de Jalisco
A nivel nacional, la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación, a través de la Comisión Nacional de Búsqueda, administra el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y no Localizadas (RNPDNO), el cual, al cierre del 13 de septiembre de 2021, reporta un universo de 91mil 907 personas desaparecidas o no localizadas, de las cuales, según el propio registro, 14 mil 002 corresponden a Jalisco.
La CEDHJ calificó esta cifra como preocupante y detalló la cantidad de personas desaparecidas por municipio:
Zapopan dos mil 199, Tlajomulco de Zúñiga mil 258, Tepatitlán de Morelos 266, Ixtlahuacán de los Membrillos 134, Chapala 126, San Miguel El Alto 103, San Juan de los Lagos 81, Tomatlán 63, Colotlán 31 y San Ignacio Cerro Gordo 14; si bien en los municipios del interior del estado el número de reportes pudiera parecer bajo, la realidad es que tomando en consideración la densidad poblacional de cada municipio, la situación es alarmante.
Por otra parte, el Sistema de Información sobre Víctimas de Desaparición en Jalisco (Sisovid), reporta al 31 de agosto de 2021 un total de 10 mil 692 personas desaparecidas o no localizadas, de las cuales mil 245 son mujeres y nueve mil 447 hombres, y cuyas familias o seres queridos continúan en situación de angustia, desesperación e impotencia por no saber de ellas.
Advierte que es alarmante como en los últimos años se han incrementado los casos de personas desaparecidas en Jalisco; tomando en consideración las cifras reportadas por el Sisovid de 1995 a mayo de 2019, es decir, en los últimos 24 años eran siete mil 504 personas desaparecidas o no localizadas; sin embargo, para agosto de 2021 suman ya 10 mil 692. En otras palabras, el 29.82 por ciento del total de las desapariciones o no localizaciones ocurridas en Jalisco se han suscitado en los últimos dos años y medio.
De acuerdo con la información proporcionada por el personal de la Fiscalía Especial en Personas Desaparecidas, actualmente la Fiscalía Especial cuenta con 30 agencias integradoras en todo el territorio jalisciense que atienden 10 mil 692 indagatorias, concluyendo entonces que cada agencia tiene a su cargo, en promedio, 356 investigaciones, esto según las carpetas de investigación que reporta el Sisovid al 31 de agosto del año en curso.
Sin embargo, el personal de la Fiscalía manifestó que en el Distrito Judicial I, correspondiente a la zona metropolitana de Guadalajara, hay agentes ministeriales que tienen a su cargo hasta 800 carpetas de investigación, mientras que en otros distritos judiciales del interior del estado el personal tiene asignadas hasta 500.
La situación con el personal de la Policía Investigadora no es distinta. De acuerdo con la información proporcionada, en el Distrito Judicial I se cuenta con seis grupos de dos policías de investigación para auxiliar a las 17 agencias integradoras, mientras que en el interior del estado son siete policías de investigación los que auxilian a las 13 agencias regionales adscritas a los 11 distritos judiciales restantes.
Una de las principales conclusiones es que personal de la Fiscalía Estatal y del IJCF violaron los derechos humanos de las víctimas, en virtud de que no actuaron bajo los principios de debida diligencia, eficacia, efectividad, exhaustividad y máxima protección, entre otros, que deben regir en las investigaciones de desaparición de personas y la búsqueda y localización de estas.
“Esta CEDHJ recomienda al fiscal del Estado, al fiscal especial en Personas Desaparecidas, al director del IJCF y a los presidentes municipales de Chapala, Ixtlahuacán de los Membrillos, Colotlán, San Ignacio Cerro Gordo, San Juan de los Lagos, San Miguel El Alto, Tepatitlán de Morelos, Tlajomulco de Zúñiga, Tomatlán y Zapopan, que en coordinación con la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas se inscriba a las personas desaparecidas y a sus familiares en el Registro Estatal y Nacional de Víctimas y se otorgue la reparación integral del daño conforme a la normativa estatal y federal”.
Además, deben ofrecer a las víctimas indirectas la atención médica, psicológica y de salud mental especializada por el tiempo que resulte necesario, así como orientación jurídica para el debido ejercicio de sus derechos.