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CIUDAD DE MÉXICO, 30 de enero de 2024.- Un cónyuge puede solicitar la nulidad de su matrimonio cuando el otro cuente con uno previo sin disolver, la cual se desahogará por un juicio del que conocerá un juez de oralidad de la materia familiar del Poder Judicial de la Ciudad de México (PJCDMX), que preside el magistrado Rafael Guerra Álvarez.
Así lo explicó la jueza Octavo Familiar de Proceso Oral, Laura Mejía Sosa, al hablar sobre las causas que pueden generar la nulidad de matrimonio, quien aseguró que la más frecuente es precisamente la de contraer nupcias ante un juez del Registro Civil con otra pareja sin haber disuelto uno previo ante un juez familiar, ante lo cual se debe iniciar un juicio para obtener una sentencia que anule el nuevo vínculo matrimonial.
“El más recurrente es que la persona previamente ya esté casada, alguno de los dos contrayentes; si no disuelven, es causa de nulidad de matrimonio”, indicó la impartidora de justicia, quien también mencionó a la minoría de edad o que haya parentesco consanguíneo de los contrayentes como otros motivos para iniciar un juicio que anule el matrimonio.
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