“El Instituto está atento para revisar estos marcos normativos, para ver si encontramos alguna consideración que no sea compatible con el texto constitucional o con la Ley General y, entonces, el Instituto ejercerá, como lo hizo en tres ocasiones ya, su facultad de acción de inconstitucionalidad”, enfatizó.
Al participar en el seminario Revisión crítica del diseño normativo e institucional de la transparencia y el gobierno abierto, organizado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM (IIJ UNAM), recordó que tres recursos de ese tipo fueron presentados ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), para los casos de las leyes de Oaxaca, Querétaro y Tabasco.
“Porque se están estableciendo, a nuestro parecer, causales de reserva más allá de las que establece la Ley General o en los procedimientos y plazos para acceder a la información, se están ampliando esos plazos y, en cuanto a la integración de los órganos garantes, no se prevén ciertos requisitos de incompatibilidad para ocupar el cargo de comisionado”, expuso Cano Guadiana.
En su intervención como ponente en el panel Análisis de facultades y alcances de las competencias del INAI/ nuevas facultades del INAI, la comisionada manifestó que en esta etapa de transición normativa, de las 32 entidades federativas sólo cuatro incumplieron con el plazo para aprobar y publicar sus leyes locales de transparencia; Veracruz, Guanajuato, Zacatecas y Nuevo León.
Areli Cano destacó que el INAI, de cara a sus nuevas atribuciones, derivadas de la reforma constitucional de 2014, es un aliado y acompaña a los sujetos obligados de la transparencia, para que cumplan con lo que mandata la ley.
“Para que exista la mayor homogeneidad, para ejercer el derecho de acceso a la información en todo el país, derecho fundamental que merece toda su importancia”, remarcó.