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GUADALAJARA, Jal., 16 de febrero de 2024.- Con el fin de evitar que cualquier acción u omisión de una persona agresora que llegue a afectar la supervivencia y la autonomía económica de las mujeres, en comisión de Igualdad Sustantiva y de Género, aprobaron modificar los artículos 10 y 32 y adiciona el artículo 34 bis junto con la sección décima bis “La Secretaría de Desarrollo Económico” a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Jalisco, en materia de violencia económica.
La diputada Dolores López Jara, explicó que se sancionarían acciones como controlar, privar o restringir los ingresos de la víctima, pesquisar y limitar el gasto del hogar de manera que implique dominación o superioridad, así como condicionar con él a cambio de sometimiento; no aportar con el sustento familiar, a pesar de tener la capacidad de hacerlo y menoscabar el patrimonio de familia en provecho propio.
También se sancionará el desentenderse de sus obligaciones de cuidado respecto a las personas dependientes; imponer limitaciones a la administración y disposición de los bienes propios de la víctima; realizar conductas que provoquen o perpetúen la brecha de género; y cualquier otro tipo de discriminación económica por razón de género, entre otros, se denominará Violencia Económica.
De esta manera, se propone crear un programa específico para las víctimas de violencia económica, en el marco de los programas estatales de empleo.
Corresponderá al Pleno del Legislativo aprobar esta iniciativa de reformas.