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GUADALAJARA, Jal.,18 de julio de 2022.- ¿Te cancelaron un concierto o tu vuelo está retrasado? Los prestadores de servio deben compensarte con pago extraordinario.
De acuerdo con información de Procuraduría del Consumidor (Profeco), la bonificación que tienes derecho a recibir no puede ser menor am 20 por ciento del precio pagado, esto cuando el proveedor incumpla sus obligaciones.
Por ejemplo:
Cuando aplique la devolución de la cantidad pagada, esta se efectuará utilizando la misma forma de pago con la que realizaste la compra, pudiendo hacerse por una forma de pago distinta si lo aceptas al momento en que se efectúe la devolución.
¿Cuándo deben compensarte?
Compraste un boleto para un concierto y se canceló
Si por ejemplo pagaste 300 pesos por un concierto y no se realizó, te deben devolver tal cual los 300. Pero si además el concierto se cancela por causas del organizador, entonces, aparte del reembolso, mereces una compensación. Es decir, te deben pagar un total de 360 pesos, como mínimo, ya que la compensación no puede ser menor al 20 por ciento del precio que hayas pagado originalmente.
Se retrasó tu vuelo
Si el retraso o demora es atribuible a la aerolínea te deben compensar, como mínimo, de acuerdo a:
Mayor a 1, pero menor a 4 horas:
Proporcionar descuentos para vuelos posteriores hacia el mismo destino y/o alimentos y bebidas, como mínimo.
Mayor a 2, pero menor a 4 horas:
En caso de descuento, el mismo no debe ser menor al 7.5 por ciento del precio del boleto.
Se retrasó tu vuelo más de 4 horas o se canceló
Si la aerolínea es responsable tienes la opción de elegir:
a) El reintegro del precio del boleto o la parte no realizada del viaje más una indemnización no inferior al 25 por ciento del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje; o
b) A transporte sustituto en el primer vuelo disponible, alimentos y, en su caso, alojamiento y transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto; o
c) A transporte en fecha posterior al mismo destino y una indemnización no inferior al 25 por ciento del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje.
La indemnización a que refieren los incisos a) y c) debe pagarse por la aerolínea en un periodo máximo de 10 días naturales.
Si el proveedor no respeta tu derecho a la compensación, acude a la Profeco .
Para hacer efectiva la compensación debes tener tu ticket o comprobante de compra. Si el proveedor se niega, tienes hasta un año para presentar tu queja en la Profeco.