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CIUDAD DE MÉXICO, 4 de enero de 2019.- De acuerdo con la estadística del sistema penitenciario nacional, al mes de agosto de 2018, había 202 mil 745 internos, de las cuales 192 mil 225 son hombres y 10 mil 520 mujeres, entre las cuales el uno por ciento pertenece a las poblaciones lésbico gay.
Al respecto, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) remarcó en 2010 la necesidad de eliminar prácticas institucionales que generen homofobia, entendida ésta, como la discriminación por la orientación sexual, la identidad o expresión de género, así como sancionar a los servidores públicos que cometen agravios en contra de estas poblaciones.
Mediante resolución del Consejo Consultivo de la CNDH, del 5 de marzo de 2015, se aprobó el programa de Pronunciamientos Penitenciarios, el cual tiende a fortalecer y garantizar el respeto de los Derechos Humanos de las personas que se encuentran procesadas o sentenciadas penalmente en los centros penitenciarios de México.
El organismo defensor subraya la importancia de promover la cultura de la legalidad y de revisar los proyectos legales que se presenten, a fin de evitar que éstos impliquen un retroceso normativo sobre el tema.
La CNDH se ha pronunciado en el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria que emite anualmente sobre la situación que guardan los integrantes de las poblaciones lésbico, gay, bisexual, transexual, transgénero, travesti e intersexual (LGBTTTI) privadas de la libertad en centros penitenciarios.
A través de señalamientos respectivos, la Comisión llama a atender a las obligaciones que tiene la autoridad de respetar, proteger, garantizar y promover los Derechos Humanos de acuerdo a la normatividad nacional e internacional.
En los instrumentos internacionales el tema de la protección a las poblaciones LGBTTTI se identifica en diversos documentos como la Declaración sobre orientación sexual e identidad de género que introdujo la necesidad de respetar sus derechos y de visibilizar las violaciones a los Derechos Humanos respecto a que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad, derechos y acceso al goce de ellos sin distinción alguna.
Proclama la no discriminación derivada de la orientación sexual o identidad de género y que propician violaciones de derechos humanos y las libertades fundamentales, que conlleva en algunos países al uso de la pena de muerte sobre esta base, las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, la práctica de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, el arresto o detención arbitrarios y la denegación de derechos económicos, sociales y culturales.
E incluye el derecho a la salud, tema que por su importancia tomó relevancia y se posicionaron en la normatividad en la mayor parte de los países miembros de la Organización de las Naciones Unidas.