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CIUDAD DE MÉXICO, 30 de noviembre de 2018.- Por someter a una mujer a trabajo de parto vaginal, en lugar de realizarle una operación cesárea, ésta presentó complicaciones graves que pusieron en riesgo su vida y la de su bebé, quien sufrió daños neurológicos severos e irreversibles que podrían provocarle discapacidad, atribuible a cuatro médicos del Instituto Nacional de Perinatología Isidro Espinosa de los Reyes, en la Ciudad de México, por lo que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), dirigió la Recomendación 58/2018, al Director General de ese Instituto, Jorge Arturo Cardona Pérez.
De acuerdo con el organismo, tras su investigación, este Organismo Nacional acreditó la vulneración de los derechos de la madre y su hija a la salud, al interés superior de la niñez, a la integridad personal y a una vida libre de violencia de la mujer.
Ello, al constatar que la falta de valoración clínica completa de la paciente impidió que los médicos se percataran que la bebé se encontraba en mala posición fetal; también omitieron que presentaba desproporción cefalopélvica y cesárea previa, lo que indicaba que el parto debía ser interrumpido vía operación cesárea; sin embargo, el parto se condujo con la aplicación continua e innecesaria de oxitocina(hormona que provoca contracciones uterinas) y se utilizaron fórceps para tratar de sacar el producto de la gestación en cuatro ocasiones fallidas, provocando ruptura uterina y lesión de vejiga en la madre.
Además de que se constató que gran parte de la atención proporcionada fue realizada por médicas residentes sin supervisión.
Posteriormente, la víctima fue sometida a una operación cesárea; durante el parto la bebé cursó con depresión moderada y un diagnóstico de asfixia perinatal) y daño neurológico irreversible que motivó un cuadro epiléptico, para el cual requiere tratamiento farmacológico, neuro-estimulación y manejo especializado.
Por ello, la CNDH recomendó al Director General del Instituto Nacional de Perinatología Isidro Espinosa de los Reyes, reparar a la madre y su hija el daño integral conforme a la Ley General de Víctimas, que incluya compensación y/o indemnización, y se les inscriba en el Registro Nacional de Víctimas; proporcionarles atención médica especializada con carácter vitalicio; de ser necesario se brinde a la mujer servicios gratuitos de guardería, se garantice el acceso de la bebé a servicios e instituciones para asegurar su desarrollo social y educativo (emprendimiento y conclusión de estudios); colaborar con la CNDH en la queja que se presente ante el Órgano Interno de Control en el Instituto contra los cuatro médicos, así como del personal médico responsable de la actuación de cinco médicos residentes e incorporar copia de esta Recomendación en el expediente laboral de cada uno de ellos.
También pidió capacitar al personal del Instituto en derecho a la salud materno infantil, con énfasis en los temas de interés superior de la niñez y personas con discapacidad, y conocimiento, manejo y observancia de las normas en materia de salud, así como emitir una circular dirigida al personal médico en que se le exhorte entregar copia de la certificación y recertificación que tramite ante los Consejos de Especialidades Médicas, para que acredite tener la actualización, experiencia y conocimientos suficientes para brindar un adecuado servicio médico.