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CIUDAD DE MÉXICO, 10 de abril de 2018.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó dar 10 días de plazo para revisar las firmas y requisitos que presentó Armando Ríos Piter y en caso de cumplirlos se valide su candidatura presidencial independiente.
Los magistrados avalaron por cuatro votos a favor y tres en contra el proyecto de la magistrada Mónica Soto, quien propuso ordenar al Instituto Nacional Electoral (INE) reponer el procedimiento por haberse violado la garantía de audiencia de Ríos Piter.
Durante el debate, la presidenta del TEPJF, Janine Madeline Otálora Malassis, recordó que el aspirante Armando Ríos Piter no compareció a las audiencias que ofreció el INE, ni acudió cuando se le notificó que había una serie de inconsistencias en sus apoyos y en una tercera ocasión sólo compareció con un escrito y no para revisar sus apoyos.
Indicó que el quejoso sólo expuso argumentos genéricos como que la App no ha funcionado, por lo que “no hay violación alguna al derecho de audiencia. No se le puede dar una garantía de audiencia para revisar 800 mil firmas” por lo que la determinación del INE fue la adecuada porque no alcanzó el registro de dicha candidatura.