Por ello, conminó a la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados para que asuman la responsabilidad de dictaminar y a los coordinadores de los grupos parlamentarios de la Cámara Baja para darle la prioridad necesaria a este tema.
Expuso que existen diversas iniciativas en la materia, una de ellas presentada por él y el presidente de la Cámara Jesús Zambrano, así como otra por el Ejecutivo Federal, pero en el Senado de la República, por lo que sólo falta voluntad política para asegurar que el tema sea aprobado lo más pronto posible.
Dijo que de ser necesario, valdría la pena analizar la posibilidad de establecer una mesa conjunta entre diputados y senadores para agilizar el trabajo legislativo y tener listo un dictamen con miras a sumarlo al extraordinario.
El diputado federal del Partido de la Revolución Democrática (PRD) manifestó que al igual que los temas de Mando Único y Sistema Anticorrupción, el de desaparición forzada es impostergable, cuyo plazo para expedirla era el pasado 6 de enero.
Subrayó que la Ley Contra la Desaparición Forzada establece la protección de la persona contra este delito, así como la implementación de acciones de prevención, investigación, persecución y criterios para sancionar este ilícito.
Además, dijo, ofrece protección y asistencia a familiares de las víctimas y testigos, una de las novedades es la creación de un banco nacional de ADN, que permitirá realizar el cruce de información a fin de identificar los cuerpos que han sido localizados en fosas clandestinas.
Ante la posibilidad de que haya un periodo extraordinario, el diputado Ojeda refrendó su convocatoria a establecer dicha mesa de trabajo bicameral, de tal forma que una vez que se apruebe en el Senado como cámara de origen, pase a la de Diputados o viceversa, y se apruebe de inmediato.
El legislador pidió retomar la discusión de esta ley general, pues debe ser un compromiso de todas las fuerzas políticas del país, con el propósito de concretar la ley reglamentaria que le dará normatividad a la reforma que se hizo al Artículo 73 Constitucional.
Reiteró, una vez más, que dicha reforma fue publicada en el Diario Oficial el pasado 10 de julio de 2015, contándose con 180 días a partir de la entrada en vigor de la misma, para elaborar la ley reglamentaria correspondiente.
El perredista indicó que el tiempo que se cumplió el pasado 6 de enero del 2016, por lo que el Congreso incurre en un incumplimiento de un mandato constitucional.
Sostuvo que en México la desaparición forzada de personas es una tragedia que cada día cobra más víctimas y en algunas entidades federativas es una práctica sistemática.
Agregó que las carreteras se han vuelto intransitables y lugares que antes eran turísticos ahora son escenarios de terror; de la noche a la mañana desaparecen personas; además de padecer autoridades que, o están coludidas con la delincuencia organizada o no pueden o no quieren resolver las miles de denuncias que cada día aumentan.
Indicó que la ausencia de una ley ha permitido que el Estado no asuma su plena responsabilidad en el tema, y muestra de ello es la propia inexistencia de cifras oficiales creíbles y sobre todo que permitan la localización de dichas personas.
Mencionó que la PRG reporta de enero de 2014 a junio de 2015, al menos 613 personas desparecidas; por su parte la ONU ha solicitado aclarar miles de desapariciones ocurridas en el sexenio de Felipe Calderón; en tanto que el Sistema Nacional de Seguridad Pública refiere mil 360 personas desaparecidas lo que va de este año.
De acuerdo al Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas (RNPED), establece que por lo que hace a las investigaciones seguidas en el fuero federal los tres estados con más personas desaparecidas son Guerrero con 247, Veracruz con 165, Tamaulipas con 137, por lo que hace al fuero común, Tamaulipas contabiliza 5 mil 583, seguido el Estado de México con 2 mil 662 y Nuevo León con 2 mil 224.
Insistió en que es urgente aprobar la Ley General Contra la Desaparición Forzada de Personas, cuya finalidad es la de proteger a toda persona en contra de este delito, así como la implementación de acciones de prevención, investigación, persecución y criterios para sancionarlo; al tiempo que prevé la protección y asistencia a las víctimas, familiares y testigos.